Reflexión sobre la mentira del país que miente: Costa Rica, un país que conocerlo de verdad da pena. Si por ellos fuera se añadirían como un nuevo Estado-USA
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martes, 17 de junio de 2008
cambios legales por la corrupcion
DECRETA:
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL, LEY N.º 4573, Y LA
LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO
EN LA FUNCIÓN PÚBLICA, LEY N.º 8422
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Código Penal, Ley N.º 4573, en las siguientes disposiciones:
a) Se deroga el artículo 343 bis.
b) Se reforma el artículo 345, cuyo texto dirá:
“Artículo 345.- Penalidad del corruptor
Las penas establecidas en los cinco artículos anteriores serán aplicables al que dé, ofrezca o prometa a un funcionario público una dádiva o ventaja indebida.”
c) Se adiciona el artículo 345 bis, cuyo texto dirá:
“Artículo 345 bis.- Supuestos para aplicar las penas de los artículos del 340 al 345
Las penas previstas en los artículos del 340 al 345 se aplicarán también en los siguientes supuestos:
Cuando la dádiva, ventaja indebida o promesa sea solicitada o aceptada por el funcionario, para sí mismo o para un tercero.
Cuando el funcionario utilice su posición como tal, aunque el acto sea ajeno a su competencia autorizada.”
ARTÍCULO 2.- Modifícase la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, N.º 8422, en las siguientes disposiciones:
a) Se modifica el artículo 8: se reforma su título y se adiciona un párrafo final. Los textos dirán:
“Artículo 8.- Protección de los derechos del denunciante de buena fe y confidencialidad de la información que origine la apertura del procedimiento administrativo
[...]
Las personas que, de buena fe, denuncien los actos de corrupción descritos en el Código Penal, Ley N.º 4573, y en esta Ley, serán protegidas por las autoridades policiales administrativas, conforme a los mecanismos legales previstos para tal efecto, a petición de parte.”
b) Se adiciona el artículo 44 bis, cuyo texto dirá:
“Artículo 44 bis.- Sanciones administrativas a personas jurídicas
En los casos previstos en el inciso m) del artículo 38 y el artículo 55 de esta Ley, y en los artículos del 340 al 345 bis del Código Penal, cuando la retribución, dádiva o ventaja indebida la dé, prometa u ofrezca el director, administrador, gerente, apoderado o empleado de una persona jurídica, en relación con el ejercicio de las funciones propias de su cargo o utilizando bienes o medios de esa persona jurídica, a la persona jurídica le será impuesta una multa de veinte a mil salarios base, sin perjuicio e independientemente de las responsabilidades penales y civiles que sean exigibles y de la responsabilidad administrativa del funcionario, conforme a esta y otras leyes aplicables.
Si la retribución, dádiva o ventaja indebida está relacionada con un procedimiento de contratación administrativa, a la persona jurídica responsable se le aplicará la multa anterior o hasta un diez por ciento (10%) del monto de su oferta o de la adjudicación, el que resulte ser mayor; además, se le impondrá la inhabilitación a que se refiere el inciso c) del artículo 100 de la Ley N.º 7494, Contratación administrativa.
Sin perjuicio de las potestades de la Contraloría General de la República, será competente para iniciar el procedimiento administrativo e imponer las sanciones previstas en este artículo, cada ministerio o institución que forme parte de la Administración Pública, central o descentralizada, a nombre de la cual o por cuenta de la cual actúe, o a la que le preste servicios el funcionario a quien se le haya dado, ofrecido o prometido la retribución, dádiva o ventaja indebida, de acuerdo con las reglamentaciones aplicables. En los casos a que se refiere el artículo 55 de esta Ley, será competente el Ministerio de Justicia y Gracia, el cual contará, para esos efectos, con el asesoramiento de la Procuraduría General de la República, en lo pertinente.
En los casos en que la institución pública competente para imponer las sanciones previstas en ese artículo ostente competencia regulatoria atribuida por ley sobre la persona jurídica responsable, podrá aplicarse la sanción indicada en los párrafos primero y segundo, o bien, según la gravedad de la falta y sin perjuicio de las demás potestades de la respectiva institución, cualquiera de las siguientes sanciones:
a) Clausura de la empresa, las sucursales, los locales o el establecimiento con carácter temporal, por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
b) Suspensión de las actividades de la empresa hasta por el plazo máximo de cinco años.
c) Cancelación de la concesión o el permiso de operación de la empresa.
d) Pérdida de los beneficios fiscales o las exoneraciones otorgados a la empresa.
Para la imposición de las sanciones previstas en este artículo, deberá seguirse el procedimiento ordinario previsto en la Ley general de la Administración Pública y respetarse el debido proceso. En cuanto a la prescripción, se aplicará lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República, N.º 7428.
La resolución final que se dicte deberá declarar la responsabilidad correspondiente y el monto pecuniario. La certificación de la resolución firme será título ejecutivo contra el responsable.
Si se presentan causas de abstención o recusación respecto de algún funcionario que deba intervenir o resolver en un procedimiento basado en este artículo, se aplicarán las reglas pertinentes de la Ley general de la Administración Pública.
Las auditorías internas de las instituciones públicas velarán por que se establezcan procedimientos adecuados para el efectivo cumplimiento de las disposiciones de este artículo, sin perjuicio de las potestades de la Contraloría General de la República.”
c) Se reforma el artículo 55, cuyo texto dirá:
“Artículo 55.- Soborno transnacional
Será sancionado con prisión de dos a ocho años, quien ofrezca u otorgue a un funcionario de otro Estado, cualquiera que sea el nivel de gobierno o entidad o empresa pública en que se desempeñe, o de un organismo o entidad internacional, directa o indirectamente, cualquier dádiva, retribución o ventaja indebida, ya sea para ese funcionario o para otra persona, con el fin de que dicho funcionario, utilizando su cargo, realice, retarde u omita cualquier acto o, indebidamente, haga valer ante otro funcionario la influencia derivada de su cargo. La pena será de tres a diez años, si el soborno se efectúa para que el funcionario ejecute un acto contrario a sus deberes.
La misma pena se aplicará a quien solicite, acepte o reciba la dádiva, retribución o ventaja mencionadas.”
Rige a partir de su publicación.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE REDACCIÓN.- San José, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil siete.
bajar el piso
Buscar medios y formas de demeritar las acciones de las otras personas, como forma de denigrarlas.
Ejemplo : "Apenas habló, le comenzaron a serruchar el piso.
¡Eso fue una serruchadera de pisos de la que nadie se salvó!"
Sinónimos : Bajar el piso Vilependiar Malinformar , SERRUCHAR EL PISO
Entre serruchos y sapos
“Serruchar el piso a un compañero demuestra sentimientos de inferioridad, inseguridad y ausencia de valores. Los “serrucha-pisos” se sienten incapacitados y recurren a este procedimiento vil para conservar su puesto o para ascender, depende de donde estén”. Don Násere asegura, desde el punto de vista sicológico, que quien tiene autoestima confía en sus propias capacidades para conservar su puesto y para ser promovido por eso no recurre estos corruptos procedimientos.
Por su parte Marlene Saravia, sicóloga especialista en laboral, asegura que generalmente cuando los serruchadores de piso están en una posición de poder se buscan gente mediocre en el trabajo, “se rodean de gente así y hasta los protegen y apoyan, siempre y cuando esta gente no atente contra sus intereses. Una vez que te convertís en amenaza (o sea que demostrés más capacidad que el serruchador) buscarán como quitarte del camino por muy bueno que seás en tu trabajo”. Saravia afirma que los serruchadores de piso son los principales creadores de un ambiente enfermizo en el centro trabajo.
La figura del “sapo” y el poder
El sapo es la figura emblemática de la serruchadera de piso. Según la Academia Española, en una de sus acepciones, un “sapo” es un soplón o delator. La jerga popular apunta que es aquel que siempre tiene la lengua lista para informar “negativamente” al gerente o superior de una institución sobre lo que hacen otros compañeros de trabajo.
El profesor Haded, profesor de sicología y de ética profesional, está seguro de que un “sapo” serrucha piso con su lengua de manera sutil, muy sutil, porque se acompleja y tiene miedo de aquellos trabajadores que son competentes. “Los sapos se sienten incapaces y como compensación sicológica buscan cómo tener poder (a través de la lengua u otros) usando la intriga o el chisme de una manera cuidadosa y elaborada, sin que se perciba a primera vista que están serruchando piso. Aunque hay algunos que lo hace descaradamente. La inseguridad los lleva a buscar ese poder y cuando lo tienen, se rodean de gente incompetente porque piensan así: “Si yo tengo a mi alrededor o aquí hay gente calificada se va a notar que yo no tengo méritos”. Como dice el refrán: “El tuerto es rey en el país de los ciegos”. Así que apoyan e infunden miedo a gente mediocre para que no se noten sus limitaciones”.
Desde el punto de vista moral, Haded y Saravia coinciden en que la serruchadera de piso es una acción indigna, censurable, que expresa una agresión de carácter moral, tan grave como si fuera una acción física porque afecta la reputación y el buen nombre de la dignidad del ofendido. La serruchadera de piso, puntualiza Haded, denota cobardía en quien lo hace porque recurre a la intriga, el chisme, la calumnia, sin que el afectado se dé cuenta. “Es tan cobarde que en la relación diaria, le sonríe y saluda al afectado de la manera más normal. Es decir que es un hipócrita porque delante de la víctima expresa un sentimiento diferente y por debajo le serrucha el piso”.
Consecuencias de la serruchadera de piso
La serruchadera de piso, menciona Marlene Saravia, crea un ambiente enfermizo e incluso más adverso que otras condiciones de trabajo como el ruido o la falta de iluminación.
También afecta valores laborales como la solidaridad y el compañerismo que debieran existir entre las personas que trabajan en la misma empresa. El profesor Násere señala que entre compañeros de trabajo debe existir “unión, respeto y cooperación, porque esto contribuye a fortalecer la seguridad en el trabajo, la productividad y la salud mental del trabajador”.
Consejos para cuidar tus espaldas
Marlene Saravia recomienda que lo mejor que se puede hacer para no caer en las garras de un serrucha-pisos es alejarse.
Como segunda opción aconseja hacer una reconstrucción cognoscitiva, que consiste en implicarse con el sapo lo menos posible o simplemente no hablar con él para que éste no distorsione las palabras.
El maestro Habed aconseja desarrollar equipos de trabajo en donde se desarrollen aspectos éticos y humanos en las relaciones de trabajo o llamarle la atención al “sapo”, y si no cambia de conducta, eliminarlo de la empresa.
el cinismo ya no podia mas: ¡pero ya está suelto!
Dicta Costa Rica prisi�n a ex director de OEA
por: Agencia
Fuente: AP
Miguel �ngel Rodr�guez, ex presidente de Costa Rica y ex director de la OEA, ingresa a prisi�n; le dictan 6 meses de arresto preventivo
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SAN JOSE, Costa Rica, oct. 29, 2004.- El ex presidente y ex secretario de la Organizaci�n de Estados Americanos (OEA) Miguel �ngel Rodr�guez, acusado de delitos de corrupci�n, ingres� el viernes en una prisi�n luego que una jueza revocara el beneficio de detenci�n domiciliaria.
El fallo fue confirmado por la oficina de prensa del Poder Judicial mediante un bolet�n en que se manifiesta que se "revoc� el arresto domiciliario dictado por un juzgado contra el se�or Rodr�guez. En su lugar se dict� seis meses de encarcelamiento preventivo".
El ex mandatario (1998-2002) abandon� al atardecer el apartamento en que habitaba desde el 16 de octubre y donde cumpl�a la medida de "casa por c�rcel" que le impuso un juez un d�a despu�s de retornar al pa�s tras renunciar a su cargo en la OEA.
Vestido con un pantal�n caqui, camisa de color claro a rayas y una chaqueta roja, Rodr�guez descendi� cabizbajo las escaleras acompa�ado por varios agentes judiciales y su abogado Rafael Gairaud, observado por una multitud de curiosos. Uno de los polic�as llevaba dos bolsas con sus pertenencias.
Poco antes el mismo Gairaud notific� de la medida al ex mandatario de 64 a�os.
"El estaba muy apesumbrado, pero es un hombre muy fuerte, es muy creyente en Dios y va reconfortado por la certeza que tenemos de que es inocente", manifest� el representante legal.
Gairaud reconoci� que la decisi�n de la jueza Gabriela Jara a una apelaci�n presentada el jueves lo tom� por sorpresa.
"Si hay justicia en este pa�s como es posible que hay imputados confesos, que recibieron sumas millonarias por votar en procesos en instituciones estatales, en nada de lo cual particip� don Miguel �ngel, �l no recibi� nada. Ellos (los otros) son los que deber�an ir a prisi�n", aleg�.
Hac�a referencia a Jos� Antonio Lobo, antes amigo �ntimo de Rodr�guez y quien reconoci�, entre otros, un pago de la empresa francesa Alcatel luego de haber logrado la aprobaci�n de una compra de 400 mil l�neas celulares por parte del Instituto de Electricidad (ICE) en el 2001. Lobo era parte de la directiva del ICE que deb�a aprobar el negocio.
En declaraci�n a la Fiscal�a dijo que Alcatel le comunic� que ten�a un premio por 2.4 millones de d�lares y que, al consultar el tema con Rodr�guez, que gobernaba en ese momento, �ste le exigi� un 60% del monto, lo que el ex mandatario ha negado reiteradamente.
La Fiscal�a acusa a Rodr�guez de los delitos de cohecho impropio (recibo de d�divas por parte de un funcionario p�blico), enriquecimiento il�cito, asociaci�n il�cita y corrupci�n agravada.
Por otro lado, la ministra de Justicia Patricia Vega indic� que Rodr�guez permanecer� en una celda individual en el centro penitenciario La Reforma, ubicado en San Rafael de Alajuela, donde tambi�n est� detenido desde d�as atr�s el ex mandatario Rafael Angel Calder�n (1990-1994).
Calder�n es investigado por un caso de desv�o de fondos de un pr�stamo finland�s que estaba destinado a comprar equipos m�dicos para la Caja del Seguro Social.
Tanto Rodr�guez como Calder�n llegaron al poder por el partido Unidad Social Cristiana, al igual que el actual mandatario Abel Pacheco, quien sobre el tema ha insistido en que respeta la divisi�n de poderes y adem�s conf�a en la labor del Poder Judicial.
El abogado de Rodr�guez se�al� que es posible la presentaci�n de un recurso de "habeas corpus" ante la Sala Constitucional, ya que por la v�a penal deber� esperar tres meses para apelar la medida.
"Estoy totalmente decepcionado", expres� al calificar como "absurda" la decisi�n.
Seg�n Gairaud, para justificar la prisi�n preventiva debe existir peligro de fuga o riesgo de que el imputado intervenga en la investigaci�n.
"Es impensable que a mi representado se le achaque eso cuando vino al pa�s de forma voluntaria", se�al�.
Rodr�guez renunci� a su puesto en la OEA a menos de un mes de asumirlo. Su llegada a Costa Rica fue transmitida en vivo, en im�genes que lo mostraron bajar del avi�n con sus manos esposadas a la espalda.
Calderon Acusado, corrupcion gobierno-familiar
Atribuyen cuantiosas inversiones a ex presidente Rafael Angel Calderón
El diario ‘La Nación’ de Costa Rica reveló que Calderón tiene bienes en su país y en Estados Unidos
El ex presidente costarricense Rafael Angel Calderón fue encarcelado el pasado viernes, luego de que la fiscalía de su país lo acusara de estar involucrado en un escándalo de corrupción, vinculado con la estatal Caja del Seguro Social.
SAN JOSE, Costa Rica (Servicios internacionales). El ex presidente costarricense Rafael Angel Calderón, encarcelado el pasado viernes tras ser involucrado en un escándalo de corrupción, tiene importantes inversiones en su país y en Estados Unidos, según reveló un diario local. FOTO AP
El periódico La Nación dijo que el ex mandatario, quien cumple nueve meses de prisión preventiva, acumuló cuantiosas inversiones en los últimos 10 años, algunas de estas en los estados norteamericanos de Massachusetts y La Florida.
Los bienes incluyen un exclusivo apartamento en Aventura, Florida, así como inversiones en una cadena hotelera en ese estado; mientras que con sus hijos en una firma automotriz costarricense importadora de autos Volkswagen.
El rotativo dijo no haber encontrado indicios de que tales inversiones procedan de dineros cuestionados.
El ex mandatario tiene en sociedad con un costarricense una empresa de crianza y entrenamiento de caballos en Florida, en la que los principales activos están registrados a nombre de la empresa La Gloria Corp., presidida por su esposa, Gloria Bejarano.
Esa sociedad domina 4.2% de las acciones de la firma Cardel At Sawgrass, propiedad de un hotel de cinco estrellas, Crowne Plaza, de Florida.
Según La Nación, además de una lujosa residencia, el ex presidente controla en Costa Rica el 25% de las acciones de una sociedad inmobiliaria.
Calderón es acusado de cohecho, asociación y enriquecimiento ilícito por parte de la fiscalía, por presuntamente haber recibido "comisiones" para facilitar la tramitación de un controversial crédito otorgado por Finlandia a la estatal Caja del Seguro Social.
Demostración democrática
El presidente de Costa Rica, Abel Pacheco, afirmó que su país ha dado muestras de solidez de su democracia, tras la detención de dos ex gobernantes vinculados con graves cargos de corrupción.
Pacheco señaló que la solidez se manifiesta en la independencia que han mostrado los medios de prensa y la Fiscalía General, y la "objetividad" de los tribunales y jueces. El gobernante indicó que es a los tribunales a los que corresponderá investigar y establecer las responsabilidades que puedan tener los ex presidentes Miguel Angel Rodríguez (1998-2002) y Rafael Angel Calderón (1990-1994) en los casos de corrupción.
Rodríguez se mantiene bajo arresto domiciliario desde el día 16 de octubre luego de que se le vinculara con la recepción de comisiones de la empresa francesa de telecomunicaciones Alcatel y dineros de Taiwan cuando estaba en la presidencia.
A Calderón, por su parte, se le acusa de ser el responsable de un reparto de comisiones entre funcionarios públicos y empresarios de un préstamo de Finlandia, de 39.5 millones de dólares, para la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
En la inauguración de un hospital, Pacheco afirmó que "Costa Rica ha dado muestra inequívoca al mundo de la solidez de su médula democrática".
Pero claro en Costa Rica con dinero no vas a la carcel
OTROS EX PRESIDENTES EN CASOS DE CORRUPCION
Los ex presidentes de Costa Rica Miguel Ángel Rodríguez y Rafael Ángel Calderón, fueron acusados de delitos de corrupción.
El ex presidente Rafael Angel Calderón fue acusado de estar involucrado en el "Caso Finlandia", donde se que se refiere al desvío de dinero de un préstamo del Gobierno finlandés por 40 millones de dólares. Calderón, de 56 años, estuvo detenido en la cárcel desde octubre del 2004, pero tras una fianza de unos 430.000 dólares logró que le cambiaran la medida a prisión domiciliaria. El ex gobernante es sospechoso de enriquecimiento ilícito y asociación ilícita
pseudi cambios penales, anticorrupcion
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL, LEY N.º 4573, Y LA LEY
CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO,
N.º 8422
INFORME SOBRE LA REDACCIÓN FINAL
DEL TEXTO APROBADO EN PRIMER DEBATE
(10 de diciembre de 2007)
EXPEDIENTE N.º 16.511
PLENA I
SEGUNDA LEGISLATURA
(Del 1° de mayo de 2007 al 30 de abril de 2008)
SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS
(Del 1° de diciembre de 2007 al 30 de abril de 2008)
DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS
COMISION PERMANENTE ESPECIAL DE REDACCIÓN
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL, LEY N.º 4573, Y LA
LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO
EN LA FUNCIÓN PÚBLICA, LEY N.º 8422
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Código Penal, Ley N.º 4573, en las siguientes disposiciones:
a) Se deroga el artículo 343 bis.
b) Se reforma el artículo 345, cuyo texto dirá:
“Artículo 345.- Penalidad del corruptor
Las penas establecidas en los cinco artículos anteriores serán aplicables al que dé, ofrezca o prometa a un funcionario público una dádiva o ventaja indebida.”
c) Se adiciona el artículo 345 bis, cuyo texto dirá:
“Artículo 345 bis.- Supuestos para aplicar las penas de los artículos del 340 al 345
Las penas previstas en los artículos del 340 al 345 se aplicarán también en los siguientes supuestos:
Cuando la dádiva, ventaja indebida o promesa sea solicitada o aceptada por el funcionario, para sí mismo o para un tercero.
Cuando el funcionario utilice su posición como tal, aunque el acto sea ajeno a su competencia autorizada.”
ARTÍCULO 2.- Modifícase la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, N.º 8422, en las siguientes disposiciones:
a) Se modifica el artículo 8: se reforma su título y se adiciona un párrafo final. Los textos dirán:
“Artículo 8.- Protección de los derechos del denunciante de buena fe y confidencialidad de la información que origine la apertura del procedimiento administrativo
[...]
Las personas que, de buena fe, denuncien los actos de corrupción descritos en el Código Penal, Ley N.º 4573, y en esta Ley, serán protegidas por las autoridades policiales administrativas, conforme a los mecanismos legales previstos para tal efecto, a petición de parte.”
b) Se adiciona el artículo 44 bis, cuyo texto dirá:
“Artículo 44 bis.- Sanciones administrativas a personas jurídicas
En los casos previstos en el inciso m) del artículo 38 y el artículo 55 de esta Ley, y en los artículos del 340 al 345 bis del Código Penal, cuando la retribución, dádiva o ventaja indebida la dé, prometa u ofrezca el director, administrador, gerente, apoderado o empleado de una persona jurídica, en relación con el ejercicio de las funciones propias de su cargo o utilizando bienes o medios de esa persona jurídica, a la persona jurídica le será impuesta una multa de veinte a mil salarios base, sin perjuicio e independientemente de las responsabilidades penales y civiles que sean exigibles y de la responsabilidad administrativa del funcionario, conforme a esta y otras leyes aplicables.
Si la retribución, dádiva o ventaja indebida está relacionada con un procedimiento de contratación administrativa, a la persona jurídica responsable se le aplicará la multa anterior o hasta un diez por ciento (10%) del monto de su oferta o de la adjudicación, el que resulte ser mayor; además, se le impondrá la inhabilitación a que se refiere el inciso c) del artículo 100 de la Ley N.º 7494, Contratación administrativa.
Sin perjuicio de las potestades de la Contraloría General de la República, será competente para iniciar el procedimiento administrativo e imponer las sanciones previstas en este artículo, cada ministerio o institución que forme parte de la Administración Pública, central o descentralizada, a nombre de la cual o por cuenta de la cual actúe, o a la que le preste servicios el funcionario a quien se le haya dado, ofrecido o prometido la retribución, dádiva o ventaja indebida, de acuerdo con las reglamentaciones aplicables. En los casos a que se refiere el artículo 55 de esta Ley, será competente el Ministerio de Justicia y Gracia, el cual contará, para esos efectos, con el asesoramiento de la Procuraduría General de la República, en lo pertinente.
En los casos en que la institución pública competente para imponer las sanciones previstas en ese artículo ostente competencia regulatoria atribuida por ley sobre la persona jurídica responsable, podrá aplicarse la sanción indicada en los párrafos primero y segundo, o bien, según la gravedad de la falta y sin perjuicio de las demás potestades de la respectiva institución, cualquiera de las siguientes sanciones:
a) Clausura de la empresa, las sucursales, los locales o el establecimiento con carácter temporal, por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
b) Suspensión de las actividades de la empresa hasta por el plazo máximo de cinco años.
c) Cancelación de la concesión o el permiso de operación de la empresa.
d) Pérdida de los beneficios fiscales o las exoneraciones otorgados a la empresa.
Para la imposición de las sanciones previstas en este artículo, deberá seguirse el procedimiento ordinario previsto en la Ley general de la Administración Pública y respetarse el debido proceso. En cuanto a la prescripción, se aplicará lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República, N.º 7428.
La resolución final que se dicte deberá declarar la responsabilidad correspondiente y el monto pecuniario. La certificación de la resolución firme será título ejecutivo contra el responsable.
Si se presentan causas de abstención o recusación respecto de algún funcionario que deba intervenir o resolver en un procedimiento basado en este artículo, se aplicarán las reglas pertinentes de la Ley general de la Administración Pública.
Las auditorías internas de las instituciones públicas velarán por que se establezcan procedimientos adecuados para el efectivo cumplimiento de las disposiciones de este artículo, sin perjuicio de las potestades de la Contraloría General de la República.”
c) Se reforma el artículo 55, cuyo texto dirá:
“Artículo 55.- Soborno transnacional
Será sancionado con prisión de dos a ocho años, quien ofrezca u otorgue a un funcionario de otro Estado, cualquiera que sea el nivel de gobierno o entidad o empresa pública en que se desempeñe, o de un organismo o entidad internacional, directa o indirectamente, cualquier dádiva, retribución o ventaja indebida, ya sea para ese funcionario o para otra persona, con el fin de que dicho funcionario, utilizando su cargo, realice, retarde u omita cualquier acto o, indebidamente, haga valer ante otro funcionario la influencia derivada de su cargo. La pena será de tres a diez años, si el soborno se efectúa para que el funcionario ejecute un acto contrario a sus deberes.
La misma pena se aplicará a quien solicite, acepte o reciba la dádiva, retribución o ventaja mencionadas.”
Rige a partir de su publicación.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE REDACCIÓN.- San José, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil siete.
Clara Zomer Rezler Orlando Hernández Murillo
Saturnino Fonseca Chavarría Alberto Salom Echeverría
Yalile Esna Williams
16511R-5-FIN
142 policias fuera: corruptelas
Despedidos por corrupción 142 policías costarricenses
Agencia PL. Desde San José. | diciembre 1, 2007Según el viceministro de esa cartera, Rafael Gutiérrez, entre las causas de los despidos sobresalen algunas consideradas graves, como abandono del servicio sin justificación, hostigamiento sexual y abuso de autoridad.
Agregó que otros agentes cometieron detenciones indebidas, sustrajeron bienes a particulares o usaron drogas.
Por otra parte, el informe que fue dado a conocer por el diario local Al Día, subraya que la fuga de ocho reclusos del penal La Reforma el año pasado, con la complicidad de oficiales penitenciarios, puso en evidencia la corrupción en esta fuerza.
El titular de Seguridad, Fernando Berrocal, se ha pronunciado sobre la gravedad del tema y la urgencia de limpiar la Policía.
En tanto, la ministra de Justicia, Laura Chinchilla, aseguró que mejorar las condiciones materiales "lo más óptimas posible para los policías", evitaría en buena parte esta problemática.
Costa Rica cuenta con unos 11 mil oficiales de la Fuerza Pública para custodiar a los 4,2 millones de habitantes del país. Para este año el Ministerio de Seguridad espera graduar a mil 300 más.
A propósito de los CENI: un aporte para el Presidente
por: Adolfo Acevedo VoglPublicado el jun 12, 2008
- Si tú te atreves - Luis Miguel
- Cinco minutos - Gloria Trevi
- Si no te hubieras ido - Maná
- La vecina - Angel & Khriz
- El presente - Julieta Venegas
perspectivas corrupcion en crica
Los procesos de corrupción y las prespectivas de la democracia en Costa Rica
- A
- Resumen:
Habitualmente Costa Rica era considerada la democracia latinoamericana menos susceptible de experimentar corrupción. Los recientes escándalos, que involucran a dos ex-presidentes y varios representantes de instituciones locales y corporaciones internacionales, dan cuenta de un notorio cambio en ese estado de cosas. Este análisis muestra cómo la consolidación de un sistema bipartidista en conjunción con estrategias de reducción del Estado han puesto en tela de juicio la solvencia de la democracia costarricense. Aunque el proceso ha sembrado el escepticismo en un electorado tradicionalmente entusiasta, los ciudadanos cuentan con instituciones de fiscalización y justicia responsables y eficaces.
Corrupción Judicial en Costa Rica
Corrupción Judicial en Costa Rica
lunes, enero 21, 2008
Aunque se considera a Costa Rica como de los lugares con menor indice de corrupción judicial, no se, creo que las cosas estan cambiando..
Por ejemplo, se habla de que en Heredia el hampa lo dejan salir a las calles sin tanta bronca...
...los agentes del OIJ presentaron al menos ocho veces, ante el Juzgado Penal Juvenil, a un joven de 16 años, sospechoso de asaltos y agresiones con arma. Hasta que cometió un homicidio, en Barrio Pacuare, un juez le quitó la libertad...
Osea, hasta que ya mato a alguien ...
No se, a mi no me suena a incapacidad profesional de los jueces... a mi me suena o a plata de por medio... o a amenazas...
En ese mismo articulo de La Nación se habla que han capturado a Traficantes de Drogas en mas de una ocasión vendiéndole a agentes encubiertos... con billetes marcados y toda la madre...Y los dejan libres... porque tienen domicilio fijo.... WOW....!!!!
Pero claro que cualquier delincuente tiene domicilio fijo antes de que lo agarren... jajjaa...
Como les repito a mi no me suena a incapacidad....sino a Chorizo... Mafia.. o ambas..
Arias, a ponerle a joder a gatos caseros..... porque de otra forma el hampa nos va a seguir jodiendo a todos....
Y no hay mas nada mas desdeñable que la corrupción judicial, porque en ella recae el concepto de justicia del país.. y si la gente deja de creer en la sede judicial.. se tomaran la justicia por sus propias manos..
Publicado x H3dicho Inspirado a las 09:00 AM
60 Reacciones:
Diay mae... de todos modos para nadie es un secreto que las leyes en si son una verdadera mierda.
Yo verdaderamente me di cuenta cuando un conocido mato a la ex esposa de un plomazo y quedo libre 3 años mientras esperaba juicio... no podia salir del pais pero diay... fijo se va para la frontera se brinca la cerca y se jala.
Las leyes en si son una verdadera mierda.
HEDICHO!!!
(puta tenia tiempo de comentar en este blok)
Lo que yo entreveo, es que no hay campo en la cárcel para prisión preventiva, entonces, hay una presión sobre los jueces para echarlos afuera, mientras esperan juicio. Lo digo porque esos piedrerillos de Guararí no creo que tengan tanta influencia o plata, para tentar a un juez. Más bien, creo que los echan afuera porque son los "menos" malos. El caso de JGM si es más preocupante...
Sería bueno hacer una cárcel de seguridad mediana para tener en prisión preventiva ese tipo de delincuente. Ya si es muy peligroso, mandarlo a otro lado más seguro. Creo que en Cartago había una (donde estuvo Miguel Ángel o Calderón). Diay, podían hacer otra en Heredia... La vara no es SOLO tener mucho tombo en la calle sino sacar a los CACOS de circulación...
Teroxxx jaja mae suavele.
Es el caso de un compita... no el mio :P
YO AUN no he MATADO a nadie... creo... jojojooj
Saludos
"un conocido mato a la ex esposa de un plomazo"
JGM, yo pensé que un conocido suyo había matado a SU ex esposa...(la suya)...
jojojoojo
Este es el peor POST de H3dicho, nada que ver, corrupcion no hay, loque no hay son leyes, aki en Quepos se dio un caso muy sonado con 13 narcos que atraparon. Es como dijo el director del OIJ, los tienen agarrados de las bolas.
Mae:
Esta vara se está pudriendo más de la cuenta.
Con la vara de que el "crimen organizado" nos está asfixiando nos estamos olvidando de que es el delincuente común quien destruye los vecindarios.
Y, póngale fecha, pronto quien cuestione el Poder Judicial va a ser etiquetado de "delincuente" o "criminal organizado".
JGM: Mas que las leyes la aplicacion que le dan los jueces...
El problema cuando el Juez se agarra de interpretaciones de la ley para liberar gente que no deberia estar afuera...
Me imagino que hay casos en que no es corrupcion ni amenazas , sino jueces imbeciles.. pero hay algunos casos que solo tienen explicación por medio de corrupción...
Terox: Eso que ud. dice tiene bastante sentido...
Pero eso no es el caso que pasa siempre.. y talves es que yo me enfoque principalmente en esos casos que son increibles..
Y sino hubiese chorizo de algun tipo.. fijo deberian de estar en la cholpa los delincuentes..
Cucho: Mae, este talves sea su peor comentario...jaja.. porque no se puede generalizar... y corrupción si hay.. el detalle es qué tanto..
Y si lo único que me falto en este post es ahondar en los casos donde la ley no le ayuda a los jueces, o lo imbecil de ciertos jueces..
Julio: jajaja, cierto.. ahora me van a decir delincuente... ahuevame...
Pero es cierto.... si el asunto parece increible deben investigar a dichos jueces...
Todo mundo pone en duda a los jueces.. pero nadie quiere decir corrupción...
Yo no lo puedo afirmar , pero si lo veo como una gran posibilidad en algunos de esos casos..
Carepi, lo que pasa es que se debe analizar bien las causas, antes de empezar a tildar de corruptos jueces etc. Hablar es muy fácil, y a los ticos nos gusta quejarnos de todo. Diay, que pasó con la cárcel de Guápiles que iba a hacer Miguel Ángel? Eso fue hace como 8 años, Abel la paró, y que yo sepa, no se ha aumentado la "capacidad instalada".
Yo sospecharía más de verdadera corrupción cuando cae un narco grande, o alguien realmente influyente.
Ojo que aquí estamos todavía en fase "pre-juicio" o sea, prisión preventiva, después hay que entrar a ver si realmente los condenan y por qué...
Yo sigo totalmente convencido que son las leyes, un claro ejemplo las contravenciones... un juez no puede meter 1 año a la cárcel a un mae que se robe 150mil y le pegue un plomazo a la victima.... por mas que el juez quiera enchorparlo NO puede hacerlo. Entonces no es de interpretación... Para nadie es un secreto que las leyes son demasiado permisivas y muchas veces también la falta de experiencia de los mismos investigadores judiciales dan pie a que los procesos de investigación no cierren bien.
La otra ves me contaban sobre un caso en donde dejaron libre a un caco porque un investigando rompió la cadena de custodia! Simplemente absurdo!
Ni corrupción ni leyes, pura incapacidad en Costa Rica el sistema público es peresoso, engorroso, el poder judicial se enreda en su misma burocracia e incapacidad, justicia pronta inexistente, en este país lo mejor es no tener que entrar en asuntos judiciales, vean ustedes lo de los narcos... que fácil para cualquiera es chantajear a un juez, o sobornarlo... en cambio los piedreros... en la carcél serían una molestía y no hay capacidad para tenerlos, que va a suceder, que la justicia será solo algo para los que puedan pagarla, y la gente en las calles, la mayoría tomaremos la ley en nuestras manos, ocacionando mas crimenes y abusos, entrando en un circulo de violencia y descomposición social del que no hay regreso. Ya lo vemos en la cultura regueton de pandilleros en nuestros jóvenes, gente que no trabaja, no estudia, vende, consume y son peones de los narcos, y hoy están aquí, la paca sabe quienes son, pero siguen alli, y ahi seguiran... Quién nos protege? No queda mas que encerrarnos en las casas.
Mae, y lo peor es que persiguen a los que deben pensión alimenticia con una saña propia de un tombo israelí detrás de un palestino!
Nuestro sistema Judicial es inoperante, esta en un Hole infinito que le impide a cualquiera el decho a Justicia pronta y cumplida. Creer que el ser una sociedad armada es la solucion y tomar la justicia en nuestras propias manos es un error. La violencia solo engendra más violencia AMOREXIA. Y NO SOMOS UNA SOCIEDAD VIOLENTA. Debemos creer en el sitema o por lo menos tratar de mejorarlo.
Por eso H3dicho Votara por el PAC en el 2010.
Y no es mi peor coment, si me siguen tratando mal me ´paso a leer el Fusil De Chispas.
Yo voy mas por la version del director del OIJ q los tienen agarrados de las bolas, hoy en dia. Pero es obvio q es una situacion que no se dio espontaneamente, fue una suma de factores q nos han traido a este punto.
Esos factores pueden ser muchos y aca se mencionan varios como leyes ebiles, gobierno peresozo, jueces ineptos o corruptos, un sistema judicial super lento por la burocracia y falta de recursos, falta de investigadores... podriamos hacer todo un Blog de causas...
Y lamentablemente es como dice Amorexia, a encerrarse en la choza y esperar q el vecino del lado no sea un loco con un arma debajo de la almohada...
Solo cuando la prensa hace ruido x mas de 3 dias vemos un juicio rapido como el de Burgos... de lo contrario el caco tiene q joder a algun politico para ver justicia pronta.
Estos cabrones del gobierno decian q el pueblo tenia un concepto equivocado de la seguridad ciudadana y claro esa opinion cambio cuando se vieron jodidos ellos... osea x dios!!!! Concepto equivocado.....
Buen post green head
A ver a ver muchos de ustedes (quizas demasiados) no saben de lo que estan hablando hablan de temas tecnicos como si los manejaran. Todo lo que dicen aqui no lo podrian mantener ni un segundo ni siquiera ante el juez mas mediocre de este país y si los "agarra" un Juez de verdad y los pusiera a defender sus dichos los mandaria para la casa llorando a buscar a su mamá.
Hay muchas cosas que la gente no entiende la principal es que la ley penal no esta hecha para protejer nada y el hecho de castigar esta en segundo orden su principal objetivo es procurar los derechos de los imputados. Del mismo modo los jueces deben velar por su recta aplicación y no ser una suerte de Jueces Inquisidores.
Asi mismo las medidas cautelares no son palomitas de maíz que se pueden tirar por montones son medidas ecepcionales y que se imponen solo cuando es legalmente posible y totalmente necesario.
Terox amigo cuando dices "Sería bueno hacer una cárcel de seguridad mediana para tener en prisión preventiva ese tipo de delincuente" dejame rrecordarte que cuando se impone prisión preventiva se esta en proceso de investigación y como ya sabes "todos somos inocentes hasta se nos demuestre lo contrario" por lo tanto no es correcto decir delincuente.
jmg Lo que decis del caso de la contravención y el "plomazo" esta totalemente alejado de la realidad y deja ver tu ignorancia del tema.
H3dicho : en cuanto a lo que dices de la interpretación no es que lo sjueces se agarren de nada lo que pasa es que por princios legales los jueces penales deben realizar una interpretación restrictiva te invito a que te leas el codigo penal ahí claramente lo dice ...
En sintesis entiendo todo lo que dicen porque lo dicen desde la ignotancia pero si van a acusar a los servidores públicos de delitos graves como corrupción supongo que tendran las pruebas del caso o no ??? si es así los invito a que los denuncien de manera seria y si no es así entonces tengan cuidado porque acusar a otro de un delito es un delito...
Saludos a todos
Si hablamos de ignorantes... jmg WTF!?
Será que la libertad de expresión también es un delito?
Para algunos esta claro que SI!
(Mae h3dicho... mejor lease el codigo jajajaja)
Terox: A mi me queda claro algo, en muchos casos es ineficiencia judicial... pero en casos con narcos involucrados... la desconfianza crece...
Y si siento que la corrupción judicial cada ves es más frecuente...
JGM: Con solo que el mae uso chopo , vale picha cuanto se robo...
y el juez si puede hacerlo... pero en algunos casos los jueces de alguna forma sacan libres a los imputados para que hagan más daño..
Amorexia: Es correcto, es un circulo... y cada ves nos jodemos más..
Y mae, lo weiso es que la policia sabe quienes son.. buscan agentes encubiertos, se logra la compra de droga con billetes marcados... los agarran y los jueces dejan libres a los mops..
Estamoa mamando!!
Cucho: La violencia no es la respuesta.. pero si la respuesta de muchos.. y eso hace que dicho circulo... no joda más.. en menos de dos semanas ya he leido de gente que mata a los ladrones.. y todo pasa por algo.. (aplausos a esos ciudadanos valientes)
Y no mae, nunca más voto x el PAC..
Mae, ud. es libre se leer el bloq que quiera...jajaja, pero esta invitado a leer siempre el CAREPICHA...
Andres: Como dicen por ahi.. la justicia pronta y cumplida es una falacia.. y solo cuando se tocan patas... es que se agiliza.... tuanis x su intervención muy completa..
jgm o jmg da igual !!!
No señor la libertad de expresión espero que nunca sea un delito y rezo por eso.
Lo que pasa es que la libertad de Expresión implica un uso resposable de esa libertad y no es (como muchos creen) una patente de corso para decir lo que se quiera y como se quiera de manera irresponsable.
Hay trollcito, si no tuviera tanta pereza me hubiera puesto a buscar ip’s pero vieras que tigra me manejo.
FELIZ NAVIDAD.
Trolcillo??? Jaja porque ahora solo usted tiene derecho a responder.
Si no es capas de mantener lo que dice mejor no escriba o a poco si le contestan automaticamente son Trolls ???
no sea arrogante y si va a opinar argumente
Feliz Año mop... cuide su hígado que le puede hacer falta en un par de años cuando este en el acilo de ancianos.
Saludos fraternales.
Nada de Interés: todos somos ignorantes en muchas cosas, la vara es que compartamos el conocimiento entre todos. Tiene razón, sustituya "delincuente" por "imputado" en mi propuesta. En todo caso, se entiende la idea. Obviamente el respeto al proceso y los derechos de los imputados no se pueden negociar. Pero, disponer de una cárcel así como le digo, facilitaría el uso de medidas cautelares, lo cual sería beneficioso en la mayoría de los casos. Yo estoy seguro que aparte de los criterios técnicos que aplican los jueces, pesa el estado de las cárceles...
Por otro lado, si Ud sabe del asunto, podría decirnos si es cierto o no lo que puso jgm: "un juez no puede meter 1 año a la cárcel a un mae que se robe 150mil y le pegue un plomazo a la victima.... por mas que el juez quiera enchorparlo NO puede hacerlo"
Nadadeinteres: Me alegra que haya creado un perfil, exclusivamente para opinar..
Nadie esta obligado a dominar temas técnicos para poder opinar..
Y toda intervención es importante porque es la percepción que tenemos como "pueblo" que somos... sobre algo que nos involucra a todos..
Eso si, si ud. asegura aca que posee todos esos conocimientos , si esta obligado a respaldarlos.. digo yo.. pq tiene que sacarnos de la ignorancia..
Por ende debe acordarse que nuestras opiniones no estan sujetas a defenderse ante un juez, porque no estamos en un proceso judicial...Ubiquese!!!
Y no sea tan IGNORANTE la ley penal esta hecha con el fin de castigar las acciones clasificadas como delitos en la misma..
Por eso la ley debe estar al alcance de todos, para que se sepa que si se realice determinada acción, dicha acción va a tener consecuencias...
Me imagino que ud. se referia a LEY PROCESAL PENAL, por lo que le ruego que no venga a mofarse de conocer de aspectos técnicos.. si no los sabe..ya que aqui nadie hace alarde de sus conocimientos, sino compartimos ideas..
En el Derecho Procesal Penal, si podemos hablar que se hizo con el fin de proteger varios derechos, incluyendo los del imputado..
Con respecto a las medidas preventivas estamos de acuerdo en que deben ser aplicadas responsablemente... por ende si existe una persona que tiene antecedentes penales.. y se sabe que es un peligro para la sociedad.. pues es obvio que no tiene que flexibizar la aplicación de las leyes para ayudarles..
Y acuerdese.. tambien se puede ser un delincuente sin necesidad que efectivamente sea condenado en un proceso por la razón en estudio..
Si una persona tiende a cometer delitos.. es delincuente.. aunque no significa que sea culpable del delito en investigación...
Por favor,cuando se aventure a jugar d vivo, favor hacerlo con mayor precisión..
Con respecto a la interpretación restrictiva el código se refiere a que no se puede hacer una interpretación extensiva para perjudicar al imputado.. por ende no se puede usar la analogia.. en caso de laguna legal..
Ahi le dejo un articulo importante
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ARTÍCULO 239.- Procedencia de la prisión preventiva
El tribunal ordenará la prisión preventiva del imputado, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a) Existan elementos de convicción suficientes para sostener, razonablemente, que el imputado es, con probabilidad, autor de un hecho punible o partícipe en él.
b) Exista una presunción razonable, por apreciación de las circunstancias del caso particular, acerca de que aquel no se someterá al procedimiento (peligro de fuga); obstaculizará la averiguación de la verdad (peligro de obstaculización); o continuará la actividad delictiva.
c) El delito que se le atribuya esté reprimido con pena privativa de libertad.
-
Acuerdese no es suficiente conocer solo un articulo sino la ley se debe leer integralmente..
Suerte
jaja que pena con vos h3dicho la verdad si cometi un error escribir en un lugar donde solo escribe gente que no maneja el temas y lo que quiere hacer es Catarsis colectiva ...
Con respecto al codigo penal no me equivoque este no esta hecho para castigar (pero eso es algo que ud no entenderia)esta hecha para brindar seguridad juridica a los ciudadanos con respecto a la "ley procesal penal" dejeme decirle que no existe tal cosa lo que existe es un codigo (no ley) procesal penal.
El cual manejo de forma integral y del cual podria hablar largo y tendido pero no con ud porque no me entenderia hay ciertas tendencias filosoficas al rededor que hace falta estudiar para comprender.
Con respecto al delincuente no se es hasta que no exista sentencia firma que lo diga asi que no se equivoque.
con respecto al articulillo que puso le digo "Acuerdese no es suficiente conocer solo un articulo sino la ley se debe leer integralmente..."
Busque doctrina, busque Jurisprudencia, lease todo el codigo y despues hablamos ...
Disculpa Terox no te conteste:
Por otro lado, si Ud sabe del asunto, podría decirnos si es cierto o no lo que puso jgm: "un juez no puede meter 1 año a la cárcel a un mae que se robe 150mil y le pegue un plomazo a la victima.... por mas que el juez quiera enchorparlo NO puede hacerlo"
R/ No no tiene nada cierto eso
Fijo el trollcito es uno de esos abogados que salen graduados despues de 3 trimestres en la "san narciso unyversyti"
Mae, lo que digo es una simple forma de interpretar lo que pasa... no esta apegado al 100% a la realidad porque es una simple opinion.. no es una catedra para un estudiante...
Nadadeinteres: Elegiste bien tu nick...jajjaja
Un Código no es una ley???
Osea, vea la piramide de Kelsen.. y busque Código..
NadaDeinteres, le recomiende que nunca subestime a nadie..y cuando no tenga nada inteligente que decir..SE QUEDE CALLADO!
Sigo burlandome de ud.. solo porque ud. me lo permite...
Acuerdese que un delincuente puede haber sido juzgado en multiples ocasiones ... no solo la de un caso en concreto..
Ud. es tan torpe que limita el proceso penal a personas que nunca han sido condenadas previamente..
Tambien si le diera el cerebro para leer no solo lo que le conviene..se daría cuenta que nuestro mayor enojo es la puesta en libertad de delincuentes conocidos... y que es bien sabido que son dañinos para la sociedad..
Con respecto al articulillo??? jajajjajaa
SOS UN ANIMAL...
Ese el articulo más relevante para el caso en concreto...
Se nota su ignorancia..vea como lo respondio a Terox... se nota que no maneja pero ni el sentido de la lógica..
Mejor busque asesoria... que yo aqui lo estoy esperando..
Estoy seguro que algún error pude haber cometido..
Bring it on..Troll!!
(yo se que no hay que alimentar el troll, pero es divertido)
No, no..
Ese mae no es ABOGADO...
JAJAJJAA
Trabaja en el Poder Judicial...o es estudiante de derecho de primer ingreso..
Bueno, un abogado de una pesima universidad suena...jajjaa
No un codigo no es una ley. existe una diferencia se la diría pero mejor investigue
Jaja la verdad me causa gracia la ignorancia y lo mejor es que cree que sabe de lo que habla.
Jaja hablando de Kelsen y no sabe la diferencia entre un codigo y una ley definitivamente esta engañado si cree que sabe de lo que habla.
Y la verdad con lo de los delincuentes te erredaste solito y ani sabes lo que escribes ...
Que pena la ignorancia.
Y por cierto gracias a dios no trabajo en el poder Judicial ni soy estudiante de ninguna u santa pupusa ni soy estudiante de primer ingreso ni soy abaogado.
En sintesis dejen de batear
Osea, la única alternativa que dejo abierta es que sos un Estudiante un poco anvanzado..
Lo de mediocre.. eso si no lo podes refutar..
Un Código no es una ley??????
SOS UN IMBECIL.....jajajajaa
En pocas palabras, todo código es ley, no toda ley es código...
El Código Procesal Penal es la Ley No. 7594 ...
No existe una diferencia de rango legal...
Así que antes de andar diciendo que un código no es una ley.. investigue..... NO SEA TAN BESTIA..
Sino sabe de un tema ..CALLESE..
Mire PAPITO antes de hablar de lo que no maneja investique .
O que ud creyo que todas las diferencias y conceptos se establecian por ley PORFAVOR no sea tan IDIOTA busque en la doctrina
Obviamente que el codigo procesal penal o el procesal civil o el codigo penal son la ley numero tal ...
Pero decir que por eso no hay diferencia entre un codigo y una ley solo una BESTIA como usted que no tiene la menor idea de lo que dice
Se lo repito investigue vea muy facil si no quiere estudiar mucho nada mas ponga en el Buscador de google de fijo le sale algo un MEDIOCRE como usted de fijo con eso se conforma
Se lo digo y se lo repito tecnicamente hablando un codigo y una ley no son lo mismo
Si no sabe de un tema, no haga el RIDICULO
Troll, sos un imbecil!!
Verifique sus libritos de derecho..
Preguntele a un profesor...
Todo Código es una LEY...
Investigue.. si tenes la razón.. yo acepto mi equivocación...
Cite algún libro..dele un scan..
Yo se lo público...
Una cosa es que los códigos sean más amplios en los temas que tocan, que vayan por temas (penal, civil, procesales, tributario, notarial..etc)..sean ricos en doctrina y conceptos.. Y OTRA MUY DIFERENTE QUE NO SEAN LEYES...
INFORMESE...IMBECIL...
Como le digo.. ninguna diferencia importante... ningún código vale más que una ley regular..
Osea, sos un imbecil...!!
Jajaja no se enoje PAPITO que le puede hacer malo respire no se sulfure se lo digo de nuevo lo que pasa es que usted es como BRYTO y no entiende CÖDIGO Y LEY NO ES LO MISMO
Ya le dije todo codigo tiene un numero de ley claro que lo tiene en la piramide de Kelsen se encuentran en el Tercer escalafon cierto no vale uno mas que otro cierto
Pero conceptualemente hablando NO son lo mismo.
Vea la tarea no se la voy hacer porque si no no aprende no sea mediocre investigue como lo veo que es CERRADITo y le cuesta le voy a dar una pista busque información sobre el movimiento codificador a ver si le llega
Pd. No asuma cosas que yo no he dicho yo dije que valiera mas ??? verdad que no !!! entonces
Vamos vamos poquito a poco vas a entender ...
Vea mae, para que se haga una idea, para charlar con ud. yo no necesito buscar información...
Si ud. es buen estudiante de derecho sabrá que doctrinas existen varias.. y hasta se contradicen..
Para que se haga una idea, cuando mencione LEY PROCESAL PENAL,si fue un safis.. porque obviamente se llama código procesal penal..así esta titulado.
Ud. se agarro de ahi...para tener algo que decir..
Se deja decir qe un código no es una ley...cosa absurda de tratar de decir..
Si vemos la naturaleza de un código ,y analizandolo en el ordenamiento juridico costarricense ,No tiene ninguna diferencia con LEY.
Si le puedo informar, sin consultar previamente (asi que me puede corregir cuando quiera) que en la ANTIGUA ROMA si se promulgaban leyes por separado para varios temas.. y alguno de los maes decidio hacer un orden...
Y recopilo las leyes según sus temas, a estos se les llamo códigos.. Codigo Penal , Civil...etc según el tipo de rama del derecho..
Ok. Eso fue en ROMA...
Actualmente me atrevo a decir (sin consultar) se les llama códigos por defecto....
Pero los códigos son leyes que tratan sobre una rama del derecho en especifico...
No son recopilaciones...
Por ende, su gran diferenciación sobre código y ley se derrumba...
No se si me explico..
O digame , cuantas leyes costarricenses recopilaron para hacer los actuales códigos???
Ya entiende mi pequeño saltamontes a qué me refiero...??
jajaja mae h3dicho.. recuerde!
Ah mae había que traer pa,omitas pa los mecos!
Hay pero que chiquillo mas carga ya se informo un poquito siga siga estudiando ya casi le llega ya esta empezando a ver sus errores y darse cuenta de su ignorancia eso es buen sintoma siga así PAPITO ya casi.
por cierto ni te pegues el colorcillo poneiendo (sin consultar)se mas humilde acepta que sos un IGNORANTE para que te pegas el color repitiendo eso.
Pero va bien ya casi entiende, vio como si podia solito ahí poco a poco pero no importa hay tiempo
Jaja
Que vacilones estos maecillos H3 dicho y el otro jgm (que se enoja si le dicen jmg)segun ellos saben mucho y muy abiertos a debatir y muy inteligentes y bla bla bla y apenas alguien los contradicen sacan el violín y empiezan a llorar como locas y dicen TROLL TROLL TROLL que alguien nos ayude jaja que risa me da esta vara es divertida.
Mae, Troll, te digo , sin consultar porque te estoy dando datos cero corroborados por mi .....en pocas palabras para responderle sin necesidad de ocupar fuentes más exactas...
Me parecia estupido ahondar en mucha explicación con un mae que anda jodiendo simplemente.. pero viendo su enorme necedad..
Preferi explicarle bien...
Porque se que las partes en que pueden haber inexactitudes de mi parte son irrelevantes , para llegar a la conclusión general..
Un CÓDIGO ES UNA LEY...
SE LO SIGO MANTENIENDO...
Por otro lado, troll imbecil, veo que ud. se hace el maje...
Yo ya la expuse mi punto.. ahora si..
ATAQUEME CON SUS CONOCIMIENTOS..
Y digame.. Porque UN CÓDIGO NO ES UNA LEY...
Estoy esperando...
TROLL TROLL nos ataca el TROLL que alguien nos salve jajaja RIDICULO
Mae ya le dije que no le voy hacer su tarea mae investigue no sea mediocre
SE LO DIGO CONCEPTUALEMNTE HABLANDO NO ES LO MISMO LEY QUE CODIGO
PORQUE???
ESTUDIE IGNORANTE
Inexactitudes irrelevantes de su parte y lo dice ud mismo uy pero que criterio mas parcial
Por cierto si espera q lo saque de la ignorancia acepte que ud es un ignorante que habla sin saber tal vez así le de una clasecita gratis
De lo contrario siga EXPONIENDO sus puntos de vista(que son solo eso)y siga quedando en ridiculo
PD. Auxilio viene el TROLL jajaja
En la jerga de Internet, un troll (a veces trol) es un mensaje u otra forma de participación que busca intencionadamente provocar reacciones predecibles, especialmente por parte de usuarios novatos, con fines diversos, desde el simple divertimento hasta interrumpir o desviar los hilos de las discusiones, o bien provocar flamewars, enfadando a sus participantes y enfrentándolos entre sí. El troll puede ser más o menos sofisticado, desde mensajes groseros, ofensivos o fuera de tema, a sutiles provocaciones o mentiras difíciles de detectar, con la intención en cualquier caso de confundir o provocar la reacción de los demás.
-Wikipedia
Alguien le pidio esa "definiciòn" ???
Nota: Todo mundo sabe lo que es un TROLL
A pero Gracias jaja ya entendi el nivel de IGNORANCIA que ud maneja si busca definiciones en WIKIPEDIA
JAJAJA ni hablar que clase de erudito
Uy Uy viene el TROLL
Mae, es que sonabas tan ignorante con respecto al termino, que decidi brindarle la definición ...
Y voy a seguir el consejo de los sabios..
Dont feed the troll!!
Nada de Interes. Todos tenemos nuestra area de conocimiento, pero eso no significa que no podamos opinar en otras areas, como dice h3dicho, es la percepcion del pueblo la cual es muy importante.
Ud nos tilda de ignorantes, comenta y habla como si fuese dueño de verdad absoluta. Por un lado si se trata de debatir deberia presentar sus credenciales y hacernos saber de la experiencia y conocimiento que respaldan sus comentarios dado q nosotros comentamos a lo que percibimos no estamos obligados a defendernos pero si ud corrige como un profesor (altanero) al menos deberia mostrar credenciales para saber si no es cualquier papanatas tratando de levantar polvo solamente.
Disculpe pero ud entra en ese selecto grupo de gente q se cree superior a los demas, q no posee humildad y cree q el "saber" es una heramienta para humillar a la gente (proposito q aca no va a lograr).
Y se q poco le importan mis palabras, es reciproco de hecho... nada mas q cuando se asoma un bombetazo juega loco como ud a los blogs del pueblo es bueno decirle q esta emando fuera del tarro!!!!!!
Yo no sabia la definicion de Troll... ve cada dia se aprende algo nuevo si se sabe escuchar.
Pa los proximos post q se traten temas legales favor consultar a "nada de humildad" pa q les deje claro q tan brutos somos.
Toas
Mae, Andres, lo peor es que el perdedor este entra como sabiendo del tema, sin saber con quien trata...
Y aunque no sabe defender su posición....y le aseguro esta equivocado...
Sigue haciendo como todo troll, insistiendo en que posee conocimiento..
Una mentira repetida mil veces se convierte en verdad..
Este mae NO puede mantener su posición...
Si yo hago un post, es porque se de lo que hablo, y sino lo se.. lo hago saber previamente...
Este mae no puede debatir conmigo.. y ya lo demostro..
Yo simplemente no sigo alimentando Trolls, y casualmente seguire borrando los comentarios del trolcillo... hasta que realmente aporte algo a la conversación...
Y todo conocimiento debe ser probado..
No basta decir.. "Esto es asi" "estudie" "simplemente es" ..
Si alguien te expone sus argumentos, ahi tenes el arma para destruirlo..
Cosa que no hizo... porque no sabe ni mierda de lo que habla..
Buenas Tardes a todos, estuve leyendo todos los comentarios y me parece muy bien la discucion hay muchas cosas interesantes aca.
De fijo Nada de Interes es muy arrogante (quizas demasiado como para no saber de lo que habla, por eso lo dudo)y si me parece que llego a levantar sizaña pero igual con el respeto que merece el editor de este Blog me parece que no puedes estar peliando y censurando al mismo tiempo (no se puede ser juez y parte). No creo que tu seas el mas indicado para decir que es un aporte y que no y por lo menos a mi me hubiera intreresado saber que escribio ( que estoy seguro ya escribio) Nada de interes.
En resumen no es justo que le sensures si igual los dos se han ofendido
En fin esa es mi humilde Opinión sin animos de molestar a nadie
Oscar, en mi blog, mi mundo MIS REGLAS...
Pero bueno, ya había dicho que no iba a alimentar al troll...
Casualmente el trollcito habla tan seguro que para cualquier lego sobre el tema le podría parecer que tiene la razón...
Si dejaba el comentario, tenia que responderle...
Y como he indicado en otras ocasiones , me da pereza debatir con gente sin cerebro..
Si el mae presenta argumentos..perfecto..
Pero para seguir jodiendo..me ahuevas...
Pero Oscar(sino es que sos el mismo nadadeinteres) aqui esta el comentario borrado..
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El troll dijo:
Jaja Así me gusta Papito lo mas inteligente que puede hacer si no sabe de lo que esta hablando y esta haciendo el Ridiculo CERRAR LA BOQUITA
Baya ESTUDIE PAPTO a ver si algun día sale de esa IGNORANCIA tan Triste :)
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Oscar, en cierta forma tenes razon que no se debe censurar los comentarios pero... si estos no nos llevan a ningun lado, si solo son para levantar polvo no es necesario escucharlos.
Si lo ves el tipo empezo con un tono muy conocedor, tildando de Ignorantes a todos, clamando ser dueño de la verdad pero nunca justifico su posicion. A todo lo que Green Head le debatio sencillamente contesto "no voy a hacerle la tarea"!!! aparte de ser infantil esta huyendo al debate nadie puede llegar a decir q es dueño de la verdad y luego sentarse en su pedestal.
Aca habla el pueblo y conversamos para saber de opiniones, no para ser dueños de la verdad.
Entiendo tu posicion y entiendo la de Green Head y tiene derecho a decir "sus reglas" por que el tambien esta defendiendo los intereses de los demas lectores y con gente como "nada de jupa" no se puede conversar amistosamente, el tema se estanca.
En fin, como la tuya, esta es otra humilde opinion.
Green Head sos mi abogado oficila jejeje!
Man. Mis respetos para usted como siempre. Despues de leer esta ComentsWars que se armo akí. Concuerdo en que lo de la censura no es lo más correcto, yo se que es tu mundo y tus reglas, pero no es correcto.
Mi opinion es de que no hay tanta corrupción como se trata de decir, que el armarse como dice Al Día S26-01-08 no es lo mejor y que hay que confiar en el sistema. Tiene sus deficiencias y todo, pero funciona.
Me extraña de usted que se pusiera a pelear como mocoso de 8 años. y definitivamente me quedo leyendo este Blog porque solo aki pasan estas cosas.
Mirá: mi punto no es que haya o no corrupción en el poder judicial porque eso es algo incuestionable, lo que creo es que ese el menor de los problemas qe tiene la administración de justicia en nuestro país.
A decir verdad es un tanto difícil que podás influenciar en ciertas esferas judiciales como lo son los jueces o los tribunales pues todo proceso conlleva una serie de etapas en las cuales sería difícil que esto suceda.
Lo que sí creo es que el problema está en la Incapacidad o ausencia de ehrramientas que existe para poder aplicar las leyes, para mantener a los infractores, delincuentes o como se llamen privados de su libertad, fuera de la interacción con la sociedad como se debe.
Pero como no hay recursos no podés meter a la cárcel a todos los que quisieramos, y viene la peligrosa selección que hay que hacer como por ejemplo aplicar medidas cautelares con la fe de que sean cumplidas.
Sea por falta de recursos, por desconocimiento, mala interpretación, un sistema procesal penal y jurídico obsoleto, lento y engorroso que tarda tanto en seguir un proceso. Sea por la falta de plata para que el OIJ haga lo que tiene q hacer cundo lo tiene que hacer.
Ah por cierto, que cansao el pleito con este wannabe lawyer!
Quién le preguntó al mae? Nadie estaba legislando,o invocando jurisprudencia o acusando a los empleados públicos!
Desde cuando teus se convirtió en el dueño de la verdad mop?
Carepi creo q te gastaste un toquesillo en alimento de troll.
De todas formas el tema no iba encaminado a ser una discusión teórica sobre derecho. Para eso uno va y lee de los que saben. Aquí se quiere saber lo que piensa la gente de un tema , no lo que un idiota piensa de lo que piensan los otros.(muy elevado para usted nadita?)
Andres: Talves le di cuerda al Troll porque x un lado me gusta debatir.. y por otro porque el troll llego diciendo que conocia mucho del tema.. y yo solo queria comprobar que era un hablador..
Otro día no le hago caso a un troll
Cucho: Es bueno divertirse con un troll...pero hay un momento donde hay que decir basta.. y si ud. sabe leer ve que ahi hay unas reglillas que hay que respetar antes de comentar.... en guerra avisada compa...
Mulator: Me parece muy acertado el comment... yo creo que la corrupción no puede ser tanta.. pero si hay amenazas de por medio.. y mucho incapaz...jeje
Con respecto a la discusión con el troll... la verdad es que si se perdio tiempo... pero por otro lado.. si el mae viene a decir que el sabe.. pues se encuentra con otro que SI sabe..
Vos sabes que en Derecho todo es debatible..
Pero bueno..
Una pregunta h3dicho donde aprendio todo lo que dice saber de Derecho por leyendo por encimita se nota que no sabe casi nada a y por ciero que mae mas paranoico no No soy el tal nada de interes
Oscar, para saber si se o no se...
Hay que saber..
Ud. que sabe??
Yo se que ud dice saber mucho pero tal parece que una de dos o esta engañado creyendo que sabe y no sabe o sabe que no sabe pero quiere creer que sabe ...
Oscar, por curiosidad, ¿en qué encuentra Ud que CarePi no sabe, específicamente?
No entiendo cómo espera que el maje le conteste la pregunta si Ud no dice qué quiere que le responda....
Quiero que me responda donde aprendio todo eso de lo que se jacta saber, esa es la pregunta
¿No debería Ud primero indicar donde están los errores, Óscar? Para que nosotros, simples mortales, nos podamos formar un criterio en base a eso...
Citando: H3dicho: "pero por otro lado.. si el mae viene a decir que el sabe.. pues se encuentra con otro que SI sabe.."
la verdad es peor pecar de orgullo, que de otra cosa, no esta mal reconocer que ahi gente que sabe mas que uno en algunos temas y tu no lo haces segun veo la trifulca que se han motando aqui, eso en mi humilde opinion espero no ser tomado a mal y que tambien me lluevan palos
Salu2
Diego, casualmente dicho comentario fue hecho ya después de pasado el despiche de la desaparición del troll..
Cuando el mae no había argumentado nada.. y yo ya había sacado todos mis argumentos..
Yo no soy el dueño de la verdad.. pero Si se de lo que hablo...
Pq de otra forma me quedo callado... o me informo bien y cito fuentes...
Lo mejor que pudo hacer un compa de estos para refutarme es buscar fuentes.. citarlas.. y así tendría más armas..
Pero como todo en derecho es debatible.. podriamos durar siglos....
Pero el que rehuye al debate es porque no sabe nada.. y llego a tratar de ignorantes a todos..y ahi es donde no me gusto la actitud..
Si alguien respetuosamente me dice.. mae estas equivocado..por esto.. esto y esto..
Lo que se da es un buen debate respetuoso..
Talves no debi darle bola al Troll.. pero hay veces que no tenga nada que hacer..
Tuanis
Y en España, Barcelona 2008
JUICIO GRAN TIBIDABO
SENTENCIA TRES AÑOS
Rafael del Barco Carreras
Si hace veinticinco años, 1983, después de los tres años de prisión preventiva por el caso Consorcio de la Zona Franca, me convencí que lo visto en las películas y mi culturilla por estudios bancarios y experiencias en el campo del Derecho, por mi profesión de empresario, nada tenían que ver con la realidad de la JUSTICIA EN ESPAÑA, pasados estos veintiocho años la situación aun me parece peor. Lo del “cachondeo” del Alcalde de Jerez es de párvulos. Y esta semana, si no había bastante con una taza, DOS, De la Rosa sale casi de rositas y con 30.000 MIL MILLONES para él y sus “cómplices” (que no son el resto de acusados), y sus ex socios LOS ALBERTOS, consiguen consolidar otra estafa de varios miles de millones de los 90 sin ni siquiera pisar prisión, y la pregunta sería ¿Cuánto dinero les ha costado?.
Ya no es que los jueces, fiscales o secretarios sean o no decentes, es que el Sistema es una pura degeneración histórica. Diría que la DICTADURA DEL FUNCIONARIADO durante todos los siglos de historia de nuestro País ha adaptado el Derecho Romano y los Códigos Napoleónicos al total albedrío de unos cuerpos funcionariales y de una profesión imposibilitando cualquier acercamiento al Liberalismo Democrático. El “vosotros hacer las LEYES, que yo redactaré los REGLAMENTOS”, y los “reglamentos” encajan como un guante a los “profesionales del Derecho y la Justicia”.
Ya no es ni culpa de nadie, este engendro que entre corruptos y de “buena fe” permite que un CASO se pierda durante CATORCE AÑOS y que llegado el momento unos pactos escenifiquen una farsa donde parece que se juzgue GRAN TIBIDABO, y lo que se oyen son sandeces de si ha debido pagar unas cantidades o no a la HACIENDA PÚBLICA, no es que sea un cachondeo, es simplemente una injuria no solo a las víctimas estafadas sino a la SOCIEDAD, a la que de entrada le dicen que un reducido número de profesionales, los abogados y fiscalía, han pactado. O sea, las diferentes reformas posfranquistas no solo se lo han puesto más fácil a los profesionales del Derecho y la Justicia, pareciendo que la democratizaban a la altura de lo exigido por los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos, sino que han convertido en ridículas aquellas mil o cinco mil pesetas entre escritos de los tiempos de Franco, generalizadas y consentidas.
Pero no es eso lo peor. La adaptación de un sistema impresentable solo ha complicado el panorama. Unas pocas consideraciones tópicas. El DOLO no existía, la voluntad o no de delinquir la decidían los jueces. Cualquiera era culpable si no demostraba la inocencia. La presunción de inocencia, otra entelequia. El ingreso en prisión sin argumentar. La prisión preventiva ilimitada. Nada de “vistillas” reconsiderando el recurso al auto de prisión. Jueces especiales, nombrados a dedo para casos concretos. El juez que instruía o la Sala que decidía los recursos juzgaban, el “yo me lo guiso y me lo como”. El DESACATO base de toda ARBITRARIEDAD, y por tanto prepotente injusticia. El derecho al “silencio” o no declarar contra si mismo, no existía, y se interpretaría a favor o en contra a criterio del juez. Incluso los obligados libros registros de entrada, inexistentes. Como gran concesión, se ha ampliado el poder del TRIBUNAL SUPREMO sobre la SOBERANÍA TOTAL de la Sala de Justicia convirtiendo la llamada ÍNTIMA CONVICCIÓN en prueba irrebatible. Un recurso, el de casación ante el Supremo, lejos de la obligada SEGUNDA INSTANCIA de la Carta de Derechos Humanos de la ONU, que por ello ya ha condenado a España. Y ni comentario sobre la Ley de Vagos y Maleantes, donde tanto pobre diablo, y no tan pobre, pagó por lo que no había hecho. Si por si solas estas deficiencias jurídicas, por llamarlas suavemente, no anulan cualquier sentencia dictada a su amparo, solo se debe al empecinamiento de un Sistema Injusto para continuar en el machito del Poder. “Los errores antiguos dejan en pos, por desgracia, huellas del pasado”, decía un maestro del Derecho, y entre las huellas y la corrupción, la Justicia Española es un desastre. Y nadie quiere hincarle el diente.
En España no tiene predicamento lo de generalizar los Jurados, ni siquiera MIXTOS, transformando los jueces en árbitros y técnicos, y menos desmontar la burocrática institución de la Fiscalía, eligiendo por votación entre profesionales del Derecho a quienes deban defender al Pueblo y la Ley, y que por cierto las nuevas leyes democráticas les ha convertido en decisorios por pactos en el 45% de los casos MENORES, en este caso MAYORES. El Pueblo Español en esto, y más, demuestra su histórica sumisión y hasta miedo al Poder, y sus políticos, mayoría abogados, que tanta saliva gastan con la palabra DEMOCRACIA no tienen absoluta voluntad de enderezar sumisiones tan aceptadas, como tampoco las tienen de suprimir listas cerradas y cotos impermeables.